Fallo a favor de una ONG de consumidores.

Un fallo judicial condenó a la prepaga Galeno a adecuar los
incrementos que aplica a las cuotas mensuales de sus afiliados una vez que
estos superan los 65 años de edad. De acuerdo con la decisión adoptada por la
sala F de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, se les dejarán de aplicar
los aumentos a las personas con más de diez años de afiliación en la compañía,
y se les reembolsará por las sumas que pagaron de más.
La demanda contra Galeno fue impulsada por la Asociación
Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer). Según consignó
la ONG, cuando los afiliados cumplen 65 años casi todas las empresas de
medicina prepaga aplican aumentos de hasta el 60% de la cuota mensual, en
contra de lo que se conoce como "correspectividad de larga duración",
esto es, que el afiliado de medicina prepaga se protege de riesgos futuros mediante
pagos anticipados que realiza cuando es joven.
La decisión de los magistrados destacó que los incrementos
aplicados a los mayores de 65 años constituían una "traslación indebida de
riesgo al consumidor", ya que el afiliado paga en forma anticipada cuando
es joven y está sano –y no recibe prácticamente prestaciones– con la seguridad
de que cuando sea mayor y requiera el servicio médico acordado pueda obtenerlo
sin incrementos de la cuota que abona.
Fuente: Tiempo Argentino - Ver más sobre Jurisprudencia