El Defensor Nacional a cargo de su Secretario General, CPN
Carlos Haquim, exhortó a una empresa de medicina prepaga por la falta de
cobertura a una mujer embarazada, en defensa a su derecho a la salud.

El Defensor del Pueblo considera que las prestaciones no
pueden ser denegadas ni interrumpidas, no sólo por la situación de la
peticionante, sino porque los diferendos entre las entidades (empleador-obra
social-prepaga) deben dirimirse en las instancias pertinentes, sin que resulte
aceptable exponer a quien resulta ser el eslabón más débil de la cadena.
Por eso se exhortó a la empresa a fin de que adopte los
recaudos necesarios para atender adecuadamente a la asociada, con la extensión
que prevé el PMO, indicando a su vez que las deudas que pudieran existir con el
empleador no deben involucrar a la paciente. De otro modo, se estaría tolerando
la vulneración del legítimo derecho a la salud de la asociada.
Asimismo, se comunicó la resolución a la Oficina de Santiago
del Estero para que realice una ajustada labor de seguimiento del caso y se
puso en conocimiento de la Superintendencia de Servicios de Salud, a los fines
de su competencia.
En el programa de radio de esta semana, la Dra. Mónica del Cerro brinda los detalles del caso. ACCEDER DESDE AQUÍ
Fuente: Defensor del Pueblo de la Nación