La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca avaló una
medida cautelar que obliga a una obra social a cubrir de manera integral un
complejo estudio genético a una menor afiliada a pesar que no se encuentra
dentro del Plan Médico Obligatorio.
En la causa “M. W., M. A. y otra c/ Unión Personal s/ amparo
contra actos de particulares s/ incidente de apelación”, la obra social Unión
Personal interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar
al dictado de una medida cautelar para que se brinde la cobertura integral e
inmediata del estudio genético de secuenciación de exoma a una menor afiliada
que padece displasia opticoseptal.
El padre de la menor enferma expresó su hija tiene dieciocho
meses de edad y que atento a la enfermedad que padece, conforme el diagnóstico
antes indicado, posee certificado de discapacidad vigente.
Por su parte, la obra social explicó que el estudio
requerido está fuera del plan médico asistencial de Unión Personal, y que la
cautelar implica a su juicio una violación a la ley vigente, quebrantando con
ello los legítimos derechos del universo de beneficiarios de la obra social.
Ante ello, los integrantes del Tribunal sostuvieron que no
está en debate la discapacidad que posee la menor pero si la obligación de la
demandada de cubrir el estudio denominado “secuenciación de exoma”.
Los jueces detallaron que la cobertura de prestaciones
básicas para la habilitación y rehabilitación integral de personas con
discapacidad se encuentra a cargo de las obras sociales, en virtud de lo
dispuesto por la ley 24.901. Y sobre la aplicación de dicha norma nada dijo la
demandada, lo que resultaría suficiente para mantener la decisión provisoria,
al menos hasta el dictado de la sentencia definitiva.
Los magistrados añadieron que la mera alegación de la falta
de inclusión en el Plan Médico Obligatorio de las prestaciones requeridas no
resulta suficiente, al menos en esta etapa cautelar y a la luz de la ley
24.901, para revocar la medida en cuestión que ordenó su cobertura.
Por ello, los camaristas resolvieron rechazar el recurso de
apelación interpuesto.
Fuente: Diario Judicial - Ver más Jurisprudencia