martes, 10 de septiembre de 2013

Continúan los reclamos para que se reglamente la ley que protege a pacientes con enfermedades poco frecuentes

Desde la Federación Argentina de Enfermedades Poco Frecuentes (FADEPOF) organizaron una nueva jornada para pedir que se reglamente la ley que obliga a la cobertura de medicamentos y tratamientos a los pacientes argentinos que sufren alguna de las 8 mil patologías consideradas raras o minoritarias. La norma fue aprobada en 2001 pero todavía no está en vigencia.

Bajo el lema “Pintemos juntos una realidad distinta”, artistas plásticos se reunieron en el frente del hospital Ricardo Gutiérrez de Capital Federal para encabezar una nueva actividad en reclamo de la reglamentación de la ley que protege los derechos de las personas con enfermedades denominadas raras o poco frecuentes. La norma se aprobó hace dos años, pero todavía no fue reglamentada. Por esto, todavía muchos pacientes tienen problemas para lograr cobertura en los tratamientos y medicamentos, por lo general muy costosos. Se estima que en el país existen unas 8 mil de estas patologías, que afectan a unos 2 millones de argentinos.

Para Luciana Escati Peñaloza, secretaria de la FADEPOF, el tema es que necesitan "ser visibilizadas justamente por ser poco frecuentes". "Una de cada 2.000 enfermedades es poco frecuente. Llegar a un diagnóstico temprano -que sería lo deseable- es difícil porque no hay investigación ni centros de referencia. Queremos que se reglamente la ley, que se aprobó hace dos años, y aún no se aplica para que esto sea un hecho", explicó Escati Peñaloza.

La norma 26.689, que contó con un amplio apoyo en el Congreso, promueve el cuidado integral de las personas con enfermedades poco frecuentes y establece, entre otras cuestiones, la obligación por parte de las prepagas y obras sociales de cubrir los tratamientos. Ivana Bianchi, diputada de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y promotora de la ley, realizó un pedido de informes para conocer el estado de avance sobre la reglamentación, pero no recibió respuesta. "Hace ya más de un año que el Poder Ejecutivo no contesta los pedidos de informes a la Comisión de Salud en general", señalaron desde su despacho.

La ley, por ejemplo, establece la creación de centros de referencia especializados en la asistencia de personas con EPoF, pero dos años después de sancionada, estos lugares no existen. Su rol sería clave porque permitiría a los pacientes recibir un diagnóstico temprano, algo fundamental en este tipo de enfermedades que suelen acarrear daños progresivos y muchas veces irreversibles que llevan, incluso, a la discapacidad.

En términos estadísticos, las enfermedades poco frecuentes son aquellas que tienen una prevalencia muy baja y se dan en no más de una persona cada dos mil habitantes. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que en el mundo hay entre 6 y 8 mil EPoF identificadas, de las cuales más de un 80 por ciento son de tipo genético. Se trata de enfermedades crónicas que, en general, son degenerativas y producen algún tipo de discapacidad, a veces visible y otras, más difícil de percibir.

Durante la jornada, se reclamó que haya más herramientas para diagnosticar estos males. "Son adolescentes con una enfermedad poco frecuente, de las 8.000 que existen. La mayoría son genéticas y un 80 por ciento de ellas discapacitantes", dijo Roberta Pena, presidenta de la Asociación de Ayuda al Paciente con Inmunodeficiencia Primaria (AAPIP). Pena, contó que sólo las inmunodeficiencias, dentro de las enfermedades poco frecuentes, suman unas 200 y "muchas veces el problema se agrava por diagnósticos tardíos".

El Defensor del Pueblo de la Nación, oportunamente inició una investigación con motivo de la falta de reglamentación de la ley 26.689, para el cuidado integral de las personas que padecen enfermedades poco frecuentes. La norma indica que se consideran EPF a aquellas cuya prevalencia en la población es igual o inferior a una en dos mil (1 en 2000) personas, referida a la situación epidemiológica nacional.

Realizada la tramitación de rigor se estableció la necesidad de impulsar algunas medidas que forman parte de la recomendación emitida por el Defensor del Pueblo de la Nación, con el propósito de impulsar la efectiva protección del conjunto de personas afectadas.

Sigue a continuación el texto de la resolución emitida por el Defensor del Pueblo de la Nación el pasado 9 de mayo: Resolución 00015/2013 - Enfermedades Poco Frecuentes

Asimismo, la semana pasada, el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca emitió una resolución, sancionada por ese Cuerpo Legislativo, solicitando al Ministerio de Salud que de cumplimiento a la recomendación cursada por el Defensor del Pueblo de la Nación, de manera que se adecue el Programa Médico Obligatorio (PMO), para la inclusión de las prestaciones necesarias para el tratamiento de las Enfermedades Poco Frecuentes, se implemente el Programa para el manejo de dichas enfermedades y se reglamente la ley Nº 26.689, que las regula.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica / Defensor del Pueblo de la Nación