Graves incumplimientos en la aplicación de la Ley. El órgano de control de la aplicación de la Ley de Salud
Mental relevó treinta instituciones públicas y privadas del país. Encontró
pacientes aislados, práctica de electroshock, niños pequeños contenidos física
y médicamente, entre otras irregularidades. La denuncia.
La intervención del organismo que controla la aplicación de
la ley sirvió para cerrar las celdas y salas de aislamiento de tres clínicas
privadas de la provincia de Buenos Aires –Betharram, Estancia del Pilar y San
Michele– y del Hospital Neuropsiquiátrico Alejandro Korn, de la localidad de
Melchor Romero. La inspección en estos lugares permitió constatar que “aún es
frecuente la utilización del régimen de aislamiento (...) a pesar de que el uso
de esas salas se encuentra expresamente vedado en el artículo 14 del decreto
reglamentario” de la Ley de Salud Mental.
En el informe se precisó que ese régimen “es usado como
método de control, de castigo, de ‘sedación’ y de reducción sintomática en
general, cuando lo que se ‘reduce’ es a la persona”. La ONU sostiene que este
tipo de prácticas son consideradas constitutivas de “tortura o trato cruel,
inhumano o degradante”. Ante el problema, la Suprema Corte bonaerense ordenó
que se registre, sistematice y unifique toda la información referida al
relevamiento de los establecimientos de salud mental.
Por su parte, el órgano de control inició un relevamiento,
que todavía sigue, sobre la posible existencia de salas de aislamiento o de
“cuidados intensivos” en todo el país. Uno de los aspectos más graves fue la
constatación de “la creciente disposición de internaciones y medicalización de
niños pequeños” a los que se mantiene “sujetos a contenciones físicas y
alojados junto a personas adultas, situación generalizada en los dispositivos
de internación privados”. La intervención del órgano de control puso fin a esas
prácticas en los lugares visitados.
A partir del relevamiento, el plenario del órgano se
pronunció a favor de la prohibición de la práctica de la TEC (Terapia
Electroconvulsiva) por considerarla “un trato cruento, invasivo y degradante”.
En este sentido, se sostuvo que el proceso de adecuación de la ley reglamentada
el año pasado significa también “eliminar prácticas invasivas, anacrónicas y
perimidas tales como las medidas de aislamiento, la sobremedicación (chaleco
químico), medidas de sujeción física sin control ni acompañamiento permanente y
diversas técnicas de choque”.
Una consulta realizada a las autoridades de Salud Mental de
las 24 provincias tuvo como resultado la respuesta de 17 estados, en 3 de los
cuales –Salta, Corrientes y Mendoza– se siguen aplicando las prácticas cuestionadas
en lugares públicos. Al mismo tiempo se señaló que en la ciudad de Buenos Aires
las mismas prácticas pueden darse en el ámbito privado. De hecho, se han
detectado “varios casos que han sido frenados judicial o extrajudicialmente”.
En uno de los puntos del informe se especificó que se
encontraron “graves irregularidades” en la clínica Nuestra Señora de Betharram,
ubicada en la localidad de Turdera. Allí se constató que los internos “se
encontraban en estado de abandono extremo y sometidos a un trato inhumano,
denigrante, iatrogénico y en abierta violación al deber de garantizar la
dignidad de las personas con padecimiento mental”.
El Ministerio de Salud bonaerense había ordenado la clausura
provisoria de la clínica mencionada, pero la medida fue ignorada por las
autoridades del establecimiento. Ante esa situación, la Secretaría Ejecutiva
del órgano de control dictó en forma urgente una resolución mediante la cual
“dispuso requerir a la obra social responsable de la cobertura que en forma
inmediata procediera al traslado de todas las personas internadas” en esa
clínica. Al mismo tiempo, se hizo una presentación ante la Justicia Penal, por
la posible comisión de “diversos delitos de acción pública”.
Como parte de las tareas realizadas, se hicieron monitoreos
en dos instituciones públicas monovalentes, dos clínicas psiquiátricas privadas
y una comunidad terapéutica. En esos sitios se verificaron irregularidades:
- Pacientes que desde hacía más de diez años seguían
internados por cuestiones de índole social sin un criterio de internación
actualizado.
- No se habían hecho informes a los jueces sobre el estado
de los pacientes y tampoco solicitudes en el mismo sentido por parte de los
jueces.
- Afectación del derecho a la intimidad por tratarse de una
estructura edilicia que evidenciaba fallas en la distribución de las camas y la
falta de puertas en las duchas y en los baños.
El Organo de Revisión de la Ley de Salud Mental está
conformado por funcionarios del Estado y representantes de organizaciones
sociales y de derechos humanos. En la presentación estuvieron presentes y
resaltaron los avances en la materia la secretaria ejecutiva del órgano,
Graciela Iglesias; María López Puleio, de la Defensoría General de la Nación;
Matilde Massa, directora nacional de Salud Mental y Adicciones; Paula
Litvachky, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); Virginia Reynoldi,
de la Red de Usuarios, Familiares y Voluntarios, y Alberto Trímboli, de la Secretaría
de Derechos Humanos de la Nación.
Fuente: Diario Página 12 - Ver más sobre Salud Mental