Jurista opina que la norma que impide donar órgano a su
familiar político violenta derechos de las personas.
En una batalla jurídica se está transformando el acto de
desprendimiento y altruismo de una quiteña de 32 años de edad, Daniela Peralta,
que no puede donar un riñón para salvar la vida a su cuñada debido a la
vigencia de una norma legal que así lo impide.
Se trata de la primera vez en la historia jurídica del país
que una persona invoca la denominada “acción de protección” en contra del
Estado ecuatoriano. Es decir, un proceso legal al más alto nivel para que se
defiendan sus derechos y en consecuencia se le autorice donar un órgano.
Daniela no está sola. Al mediodía de ayer recibió de manera
formal un ofrecimiento de apoyo e incluso patrocinio legal de la Defensoría del
Pueblo para presentar este caso ante los juzgados y la Corte Constitucional.
Tras escuchar la declaración de intenciones de los
funcionarios de la Defensoría de que prepararán el caso en menos de los dos
meses que usualmente toma preparar los casos, Peralta sostuvo que “nos acogemos
a la ley del derecho a vivir, que tenemos entendido que está por encima de cualquier
otra ley”.
El vicepresidente de la Federación Médica, Víctor Álvarez,
sostuvo que “cada uno tiene el derecho de decidir sobre su cuerpo y además si
esta señora cree que con esta donación va a salvar la vida, se le está
violentando a decidir sobre su cuerpo, es un conflicto ético”.
Argumento
“A mí se me está negando el derecho a donar y a mi cuñada se
le está negado el derecho a vivir”, sostuvo mientras sus familiares exhibían
camisetas blancas con la palabra #Tengoderechoadonar, la etiqueta con la que
impulsa una campaña en las redes sociales Facebook y Twitter.
Fue precisamente a través de estas redes sociales que no
solo recibió un apoyo masivo sino que el caso alcanzó una visibilidad en todo
el mundo con despachos de agencias internacionales de prensa y medios como la
BBC de Londres. Este último envió un artículo noticioso bajo el título ‘La
mujer a la que le prohíben donar un riñón a su cuñada’.
En Twitter la usuaria Vivi Garcés publicó “no sé para qué
sirve la campaña para donar, si en la práctica no se puede ejecutor”. Monyk Laz
Rocafuerte expresó: “Por nuestros hijos que nos ven luchar a diario en esta
enfermedad por favor den paso a esta donación”.
Repercusión
Tras la repercusión en medios sociales y prensa extranjera,
los familiares confirmaron que una representante del despacho del presidente
Rafael Correa les ha ofrecido para la primera hora del martes presentar “un
informe” de esta situación y posibles sugerencias de alternativa de solución.
El familiar político al que Daniela quiere donar su riñón es
su cuñada Susy Hinojosa de 36 años de edad. Ella fue diagnosticada con nefritis
y requiere de un trasplante de riñón y tres sesiones semanales de diálisis,
confirmaron sus familiares.
La negativa, según las autoridades del Instituto Nacional de
Trasplante de Órganos y Tejidos (Indot) obedece la vigencia del artículo 33 de
la Ley Orgánica de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, de 2011 que
permite donaciones en vida a personas hasta en cuarto grado de consanguinidad o
que se trate de su cónyuge. (JCER)
Estadísticas
8.178 trasplantes
° Entre 2007 y este mes en Ecuador se han practicado 817
trasplantes de órganos según los registros del Instituto Nacional de
Trasplantes de Órganos y Tejidos (Indot).
° Encabeza la lista los trasplantes de riñón con 487 casos,
de los cuales 217 correspondieron a donantes vivos y el resto a ‘cadavéricos’.
° En segundo lugar se encuentra el trasplante de hígados, 5
de donantes vivos y 99 cadavéricos.
Mi opinión en 30 segundos
Farith Simon, abogado
Hay una restricción la autonomía personal a una persona
adulta que consciente e informada decide hacer una donación y esa donación no
le afecta a su salud ni a terceros. Esa restricción fue hecha por prejuicios de
los legisladores.
No abogamos por la existencia de mercado de órganos en el
país, sin embargo, desde la perspectiva del derecho a la salud y la vida,
además de ser una restricción a la voluntad personal es una restricción
ofensiva al derecho a la salud y la vida de una persona.
Sobre la acción de protección constitucional, creo que con
la flexibilidad que hay en el momento en el país para aplicar los principios
constitucionales hay una alta posibilidad si no existe una oposición política a
la acción de la señora. Pero si desde el poder político se muestra contrariedad
a este deseo hay pocas posibilidades.
Fuente: La Hora (Ecuador) - Ver más sobre Trasplantes