jueves, 2 de abril de 2020

El Gobierno recomendó a prepagas que utilicen plataformas de teleasistencia y aseguren la provisión de medicamentos

Lo dispuso la Superintendencia de Servicios de Salud, en el marco del aislamiento social obligatorio extendido hasta el 12 de abril.


En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio -prorrogado hasta el 12 de abril inclusive-, el Gobierno de la Nación recomendó a las prepagas que utilicen plataformas de teleasistencia y que aseguren la provisión de medicamentos.

A través del Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud emitió dos resoluciones al respecto. En la Resolución 281/2020, estableció: “que por el plazo que dure la cuarentena, los Agentes del Seguro de Salud inscriptos en el Registro Nacional de Obras Sociales (RNOS) y las Entidades inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), deberán adoptar las medidas pertinentes para asegurar la provisión de medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas a su población beneficiaria, procurando que la entrega supere los períodos habituales, de manera tal de evitar la concurrencia de los beneficiarios a los establecimientos farmacéuticos. A tal efecto, se entenderán prorrogadas de pleno derecho todas aquellas prescripciones de medicamentos de uso crónico, por el plazo que dure el aislamiento social preventivo y obligatorio y sus prórrogas si las hubiere, y hasta 30 días posteriores a su finalización”.

La medida fue dispuesta con el objeto de facilitar la accesibilidad de los beneficiarios a los medicamentos destinados a las enfermedades de curso crónico y gran impacto sanitario que requieren de modo permanente o recurrente del uso de fármacos, se justificó entre los considerandos. 

En tanto, en la Resolución 282/2020 publicada este jueves, la Superintendencia de Servicios de Salud recomendó que durante el plazo del aislamiento social, “y las eventuales prórrogas que pudieran disponerse”, los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga “deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta, a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial”.

En efecto, la medida refiere a todo servicio asistencial o consulta realizada a distancia, “mediante el uso de tecnologías adecuadas que garanticen la prestación del servicio en forma oportuna y en condiciones de calidad apropiadas, asegurando la intervención inmediata en un contexto de crisis sanitaria”.

“Quedará a cargo de los Agentes del Seguro de Salud y de las Entidades de Medicina Prepaga determinar la cantidad de sesiones o consultas autorizadas bajo la modalidad prevista en la presente Resolución y definir los procesos utilizados en cada caso, como así también la auditoría posterior de las prestaciones brindadas por las plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta”, se aclaró.

En los considerandos, el Gobierno explicó que "existen determinadas pautas normativas a las que deben ajustarse tanto los sujetos mencionados como la cobertura médico asistencial que brindan a sus beneficiarios y/o usuarios y que, durante el lapso de aislamiento, resultan de difícil cumplimiento a través de los medios habituales”. En ese sentido, justificó la resolución debido a que “surge la necesidad de brindar alternativas para garantizar el acceso a las prestaciones que demanden absoluta necesidad, cuya evaluación quedará a cargo de la auditoria médica de los Agentes del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga”.

Hoy al mediodía se llevará a cabo una reunión entre el ministro de la cartera sanitaria, Ginés González García con empresarios de la salud para tratar el tema del DNU que pretende emitir el Gobierno para declarar de interés público todos los recursos sanitarios de la Argentina. "No vamos a discutir propiedad. Podrá ser estatal o privado, pero creemos que tiene que tener un comportamiento igualitario para todos los argentinos”, anunció González García. La iniciativa generó malestar entre empresarios.

Fuente: Diario Infobae - Ver más sobre Legislación Sanitaria