Hoy es el Día de los Derechos Humanos. Este año el tema se centra
en “reconstruir para mejorar” con el eje en los Derechos humanos para dirigir
los esfuerzos de la recuperación. Los derechos humanos deben ser una prioridad
en el mundo después de la pandemia por COVID-19.
La crisis del COVID-19 se ha visto alimentada por el
agravamiento de la pobreza, el aumento de las desigualdades, la discriminación
estructural y arraigada y otras brechas en la protección de los derechos
humanos. Solo las medidas para cerrar estas brechas y promover los derechos humanos
pueden garantizar una plena recuperación y la reconstrucción de un mundo mejor,
más resiliente, justo y sostenible.
Hoy también debemos recordar a aquellas mujeres que dieron
forma a la Declaración Universal de Derechos Humanos, destacando el papel de Eleanor
Roosevelt como Presidenta del Comité de Redacción de la Declaración Universal
de Derechos Humanos. Pero también hubo otras mujeres que jugaron un papel
esencial en la configuración del documento ¡Conocelas!
Las mujeres que dieron forma a la Declaración Universal de
Derechos Humanos
ELEANOR ROOSEVELT
Primera Dama de los Estados Unidos de América entre 1933 y
1945, fue nombrada delegada ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en
1946 por el Presidente de los Estados Unidos Harry S. Truman. Fue la primera
Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y desempeñó un papel fundamental
en la redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En un momento
de crecientes tensiones entre el Este y el Oeste, Eleanor Roosevelt utilizó su
enorme prestigio y credibilidad con las dos superpotencias para encaminar el
proceso de redacción hacia su conclusión satisfactoria. En 1968, se le concedió
de manera póstuma el Premio de las Naciones Unidas en la Esfera de los Derechos
Humanos.
HANSA MEHTA
Entre 1947 y 1948, solo había otra mujer delegada ante la
Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: la india Hansa Mehta, una
firme defensora de los derechos de la mujer tanto en la India como en el
extranjero. A ella se le atribuye el mérito de cambiar la frase de “Todos los
hombres nacen libres e iguales” a “Todos los seres humanos nacen libres e
iguales” en el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
MINERVA BERNARDINO
Minerva Bernardino, diplomática y líder feminista de la
República Dominicana, fue fundamental en las deliberaciones sobre la inclusión
de la “igualdad de derechos de hombres y mujeres” en el preámbulo de la
Declaración Universal de Derechos Humanos. Además, junto con otras
latinoamericanas (la brasileña Bertha Lutz y la uruguaya Isabel de Vidal),
desempeñó una función esencial en la defensa de la inclusión de los derechos de
la mujer y la no discriminación sexual en la Carta de las Naciones Unidas, que
en 1945 se convirtió en el primer acuerdo internacional en el que se reconocía
la igualdad de derechos de hombres y mujeres.
BEGUM SHAISTA IKRAMULLAH
Begum Shaista Ikramullah, del Pakistán, en su calidad de delegada
de la Tercera Comisión de la Asamblea General (la Comisión de Asuntos Sociales,
Humanitarios y Culturales), pasó, en 1948, 81 reuniones examinando el proyecto
de la Declaración Universal de Derechos Humanos y defendió poner de relieve la
libertad, la igualdad y la libre elección en la Declaración. Asimismo, promovió
la incorporación del artículo 16, sobre la igualdad de derechos en el
matrimonio, pues consideraba que era una manera de combatir el matrimonio
infantil y forzado.
BODIL BEGTRUP
La danesa Bodil Begtrup, Presidenta de la Subcomisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer en 1946 y, más adelante, en 1947, de la
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, defendió que la
Declaración Universal se refiriese a los titulares de los derechos como “todos”
o “toda persona”, en lugar de emplear la fórmula “todos los hombres”. Además,
propuso la inclusión de los derechos de las minorías en el artículo 26, sobre
el derecho a la educación, pero sus ideas eran demasiado controvertidas para la
época. La Declaración Universal de Derechos Humanos no hace ninguna mención
explícita a los derechos de las minorías, si bien garantiza la igualdad de
derechos de todas las personas.
MARIE-HÉLÈNE LEFAUCHEUX
La francesa Marie-Hélène Lefaucheux, en su calidad de
Presidenta de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en
1948, defendió con éxito la inclusión de una mención a la no discriminación
sexual en el artículo 2. Así, el texto final del artículo en cuestión reza lo
siguiente: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en
esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
EVDOKIA URALOVA
Evdokia Uralova, de la República Socialista Soviética de
Bielorrusia, fue la Relatora de la Comisión de la Condición Jurídica y Social
de la Mujer ante la Comisión de Derechos Humanos en 1947. Defendió con firmeza
la igualdad de salario para las mujeres. Gracias a ella, el artículo 23 reza lo
siguiente: “Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual
salario por trabajo igual”. Además, junto con Fryderyka Kalinowska, de Polonia,
y Elizavieta Popova, de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, puso de
relieve los derechos de las personas que viven en territorios no autónomos
(artículo 2).
LAKSHMI MENON
Lakshmi Menon, delegada de la India ante la Tercera Comisión
de la Asamblea General en 1948, abogó con contundencia por la repetición de la
no discriminación sexual a lo largo de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, así como por la mención de “la igualdad de derechos de hombres y
mujeres” en el preámbulo. Además, defendió abiertamente la “universalidad” de
los derechos humanos y se opuso con firmeza al concepto del “relativismo
colonial”, con el que se trataba de negar los derechos humanos a las personas
que vivían en países sometidos a dominación colonial. Sostenía que, si las
mujeres y las personas sometidas a dominación colonial no se mencionasen de
manera expresa en la Declaración Universal, no se considerarían representadas
en la expresión “toda persona”.
Fuente: Naciones Unidas