La Ley 26.529, sancionada y promulgada en el año 2009, es la ley de sobre los "Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de Salud"
Asistencia
El paciente, prioritariamente los niños,
niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la
salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias
religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual
o cualquier otra condición. El profesional actuante sólo podrá eximirse del
deber de asistencia, cuando se hubiere hecho cargo efectivamente del paciente
otro profesional competente;
Trato digno y respetuoso
El paciente tiene el derecho a
que los agentes del sistema de salud intervinientes, le otorguen un trato
digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las
relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su
intimidad, cualquiera sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a
los familiares o acompañantes;
Intimidad
Toda actividad médico - asistencial tendiente
a obtener, clasificar, utilizar, administrar, custodiar y transmitir
información y documentación clínica del paciente debe observar el estricto
respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el
debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos
sensibles, sin perjuicio de las previsiones contenidas en la Ley Nº 25.326;
Confidencialidad
El paciente tiene derecho a que toda
persona que participe en la elaboración o manipulación de la documentación
clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma, guarde la debida
reserva, salvo expresa disposición en contrario emanada de autoridad judicial
competente o autorización del propio paciente;
Autonomía de la Voluntad
El paciente tiene derecho a
aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos,
con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su
manifestación de la voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a
intervenir en los términos de la Ley Nº 26.061 a los fines de la toma de decisión
sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o
salud;
Información Sanitaria
El paciente tiene derecho a
recibir la información sanitaria necesaria, vinculada a su salud. El derecho a
la información sanitaria incluye el de no recibir la mencionada información.
Interconsulta Médica
El paciente tiene derecho a recibir
la información sanitaria por escrito, a fin de obtener una segunda opinión
sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de
salud.