Fin a la polémica. Tras un fallo de la Corte Suprema en su contra, el INCUCAI
la dio de baja. Pero volvió a insistir en el "negocio" de los bancos
de células madre.
Mediante la resolución 262/2014, publicada en el Boletín
Oficial, se le dio de baja a la norma "regulatoria de las actividades
relacionadas con la captación, colecta, procesamiento, almacenamiento y
distribución de células progenitoras hematopoyéticas (CPH) provenientes de la
sangre ubicada en el cordón umbilical y la placenta para uso autólogo
eventual". Estas células pueden ser utilizadas para trasplantes de médula
ósea.
En sus considerandos, la medida destaca que la Corte Suprema
declaró "la inconstitucionalidad de la Resolución N 069/09 al considerar
que el INCUCAI se excedió en la reglamentación de un derecho ya que de las
funciones y competencias que le son establecidas en diferentes normas,
solamente le corresponde regular aquellas cuestiones que requieran de una
normativa técnica referida a su materia".
El 6 de mayo pasado, el máximo tribunal declaró
inconstitucionales siete artículos de la resolución 69/09 del Instituto
Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), que obligaba
a la donación de células del cordón umbilical. La Corte falló en una causa
iniciada por un grupo de padres y la empresa Matercell, que cuestionaron que se
impida el uso propio de las células provenientes de la sangre placentaria y del
cordón umbilical obtenidas en el nacimiento de sus hijos.
"El organismo sólo está facultado para proponer las
normas que considere convenientes debido a su especialidad técnica",
sostuvo el dictamen de la procuradora Laura Monti de julio de 2012, y agregó
que "la compulsividad que se prevé en el acto dictado por el INCUCAI, en
tanto no permite la posibilidad de preservar sin donar, constituye un exceso en
la reglamentación de un derecho".
El INCUCAI destacó en su resolución de hoy que, para la
redacción de la norma "tuvo presente los principios rectores del sistema
nacional de procuración y trasplante de órganos, tejidos y células, así como
también las recomendaciones y directivas de distintos Organismos y Sociedades
Científicas, tanto del ámbito nacional como internacional, y la regulación de
diferentes países en la materia". Y reitera "los argumentos
sostenidos por el INCUCAI en ámbitos académicos, judiciales y científicos, en
cuanto al carácter dominante de negocio lucrativo perseguido por los bancos,
sin sustento científico cierto y directamente vinculado a la práctica
trasplantológica".
Fuente: DyN - Ver más noticias sobre el Incucai