miércoles, 25 de marzo de 2015

Gracias a la intervención de la Defensoría, hospital revierte negativa al acompañamiento del padre en ocasión del parto

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Una ciudadana, residente en la localidad de Luján, provincia de Buenos Aires, y cursando un embarazo avanzado, solicita con urgencia la intervención del Defensor del Pueblo de la Nación ante el Hospital "Nuestra Señora de Lujan", dependiente de la Municipalidad de Luján, en virtud de que se le denegó verbalmente la posibilidad de ser acompañada por su pareja en el momento de su parto, programado por cesárea para el 12 de marzo del corriente año.

Cabe destacar que la Ley Nº 25.929 de Parto Humanizado establece en su artículo 2º, inc. g., que la mujer tiene derecho a "estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto".

Dada la premura del caso, la Defensoría cursa una requisitoria a la Dirección del citado nosocomio que, en respuesta, confirma la negativa.

Ello motiva un exhorto, por Resolución DPN Nº 0007/15, para que se arbitren todas las medidas del caso para garantizarle a la Señora R.E.M el derecho a estar acompañada por su cónyuge en ocasión del parto por cesárea; así como para que se programen las acciones necesarias para adecuar las instalaciones y procedimientos del nosocomio, en pos de cumplir con el conjunto de las normas vigentes.


En consecuencia, el Hospital "Nuestra Señora de Lujan" envía constancia de que la cesárea programada de la interesada fue "efectuada el 12/03/2015, con presencia del cónyuge", cumpliendo con lo requerido por esta Institución, y quedando pendiente el recaudo de las demás medidas exhortadas.

Fuente: Defensor del Pueblo de la Nación - Ver más sobre Violencia Obstétrica