Un fallo obliga a la
obra social nacional a entregar el medicamento recetado por el médico, y no
otro como pretendía, bajo el argumento que es menos costoso. Se estableció que
los tratamientos “no son sustituibles” ni es una versión genérica. La paciente
padece cáncer de pulmón.
Cristina Aída Quiroga es jubilada y afiliada al PAMI, y
sufre adenocarcinoma de pulmón izquierdo, y se trata en el hospital María
Ferrer. Hace un tiempo, su médico le recetó un tratamiento a base de la droga,
Enzastar, el cual tiene un costo de unos 30 mil pesos mensuales. La mujer
reclamó ante la obra social la cobertura del mismo, pero luego de un tiempo el
organismo rechazó la petición, y le “recomendó” que sustituya el fármaco por
otro. “El criterio para el cambio fue el costo”, dijo su abogado Adrián Albor,
quien presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Civil y Comercial Federal
7, a cargo de Alicia Bibiana Pérez. Ahora, la justicia falló a su favor, y
ordenó al PAMI que entregue la medicación.
“El PAMI le sugirió un medicamento más barato, pero mucho
más agresivo, con efectos adversos”, confirmó el abogado en diálogo con el
diario Página/12. Albor informó que, en el marco de la atención que brinda el
PAMI, Quiroga lleva adelante su tratamiento con Claudio Martín, jefe de
oncología del hospital de Barracas. Es ese especialista quien “le indica un
tratamiento con una droga específica, Enzastar, que es muy cara”. Quiroga hizo
los trámites para que la obra social cubriera el remedio, ya que “le es
imposible afrontar el gasto de un medicamento que cuesta aproximadamente unos
31 pesos mensuales”.
Sin embargo, el 15 de abril a Quiroga le fue informado que
la obra social no cubriría su tratamiento, al menos no en los términos que
había indicado el médico Claudio Martín. “Le dicen por teléfono que no le
aprobaban ese medicamento. Se le sugirió uno más barato, pero mucho más
agresivo, con efectos adversos”, recordó Albor. El medicamento sugerido por
PAMI no era una versión equivalente y económica del mismo tratamiento, como
podría haber sido en caso de un genérico. El abogado especificó que, mientras
que el “Enzastar debe tomarlo una vez al mes y la deja postrada por dos días”,
el tratamiento ofrecido por el PAMI “es para tomar dos veces por mes y la
invalida durante cinco días”.
El especialista “Martín le explicó que no eran sustituibles
uno por otro. Y además le dijo que esa droga era aprobada todos los días por
otras prepagas y obras sociales, como OSDE, Swiss Medical, Galeno. Que el único
que no aprueba el medicamento, desde hace unos pocos meses, es el PAMI”, señaló
Albor.
El abogado detalló que, ante la justicia, el PAMI objetó “el
criterio médico”. “De un lado tenemos al médico oncólogo que viene tratando a
la paciente, que la entrevistó, le indicó estudios, los evaluó. Por el otro
tenemos a un médico ‘experto en todo’, que jamás vio a la mujer, que no la
entrevistó, que no analizó sus estudios, pero que recomienda un medicamento por
el solo hecho de que es más barato”, reflexionó.
Fuente: Mirada Profesional - Ver más sobre Tercera Edad