La Justicia mendocina entendió que es parte de la obligación
de atención integral que deben prestar las obras sociales a las personas con
alguna discapacidad.
Por un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones, OSDE
deberá pagar la cuota del colegio a una niña de siete años, porque la Justicia
entendió que es parte de la obligación de atención integral que deben prestar
las obras sociales a las personas con alguna discapacidad.
Cuando la pequeña mendocina cumplió dos años, sus padres
decidieron enviarla al colegio San Jorge. Lo eligieron no sólo porque el
establecimiento queda próximo a su casa, sino también porque consideraron que
la currícula cumplía con las condiciones necesarias para estimular su
crecimiento e integración, explicó María Laura, la madre de la niña.
En diciembre del año pasado, la familia, a través del
estudio de abogados Caloiro y González Landa, solicitó a la prepaga OSDE que se
hiciera cargo de la cuota de la escuela, teniendo en cuenta que la legislación
(Ley 24.901) exige a las obras sociales la cobertura total de las prestaciones
básicas que necesitan las personas con discapacidad, entre las que se encuentra
la educación. Pero la prestadora se negó a abonar los $5.000 de la cuota
mensual, por la escolaridad simple de la pequeña y el caso se judicializó.
El abogado Jorge Caloiro explicó que la familia tenía
conocimiento de que otros niños con Síndrome de Down integrados en el colegio
sí tenían el beneficio de OSDE y por esta razón buscaban conseguirlo también.
"Al parecer los otros padres lo habían conseguido por una gestión
particular que habrían realizado, pero lo cierto es que a ellos les denegaron
el pedido".
Los padres de la nena no querían cambiarla de colegio porque
ya llevaba cinco años allí. Además, los especialistas médicos y psicopedagogos
determinaron que no era bueno que la pequeña cambiara de ambiente, compañeros y
profesores, según señaló Caloiro.
"Lo primero que hicimos fue presentar un amparo que fue
rechazado en primera instancia por la jueza Olga Pura Arrabal, en diciembre del
año pasado. Nosotros apelamos y la Cámara Federal, es decir un tribunal
superior, revocó la sentencia haciendo lugar a nuestro reclamo. Nuestra
satisfacción no es ir en contra de una empresa prepaga, sino a favor de la
inclusión", aseguró Caloiro.
Fuente: La Mañana de Córdoba - Ver más sobre Discapacidad