Un proyecto de ley para regular la gestación por sustitución
fue presentado en el Congreso por la Sociedad de Medicina Reproductiva (Samer),
la Comisión Asesora Técnicas de Reproducción Humana Asistida (Catrha) y 100 Por
Ciento Diversidad.
“Es necesaria esta ley porque cada vez hay más casos"
de personas que usan esta técnica, "y como lo que no está prohibido está
permitido, hoy se hace pero no hay previsibilidad ni protección al eslabón más
débil, que son la gestante y los niños”, aseguró a Télam la abogada e
investigadora del Conicet Marisa Herrera, integrante del equipo de redacción
del proyecto que avala la diputada Analía Rach Quiroga.
La principal herramienta de resguardo de derechos es que un
juez autorice la práctica, a partir de un dictamen favorable de un equipo
multidisciplinario.
Otro de los objetivos de esta ley es subsanar la desigualdad
en la que se encuentran hoy las mujeres sin útero, las personas trans
femeninas, los hombres solos y las parejas gays, respecto de las mujeres solas,
las parejas heterosexuales o de lesbianas, a la hora de acceder a las técnicas
de reproducción humana asistida con gametos propios o de un integrante de la
pareja.
Mientras que este último grupo tiene acceso, por cuestiones
biológicas, a métodos complejos de reproducción humana asistida como la
inseminación artificial o la fertilización in vitro, los hombres solos o
parejas gays no disponen legalmente de una técnica equivalente en el paquete de
opciones, como la gestación por sustitución.
“La regulación implica el reconocimiento más amplio de sus
derechos, porque a ellos se les tiene vedada una vía de acceso a la paternidad
o copaternidad”, dijo la especialista.
Además, la norma establece el carácter no lucrativo de la
gestación por sustitución -aunque prevé una “compensación económica” para los
traslados y otros gastos- y la cobertura de los procedimientos médicos por
parte de las obras sociales y prepagas, lo que implicará modificaciones a la
ley 26.862, sancionada en 2013.
La regulación de esta práctica había quedado afuera de la
redacción final de norma y de la reforma del Código Civil, pese a que figuraba
en las versiones originales de ambas iniciativas, y a que “la jurisdisprudencia
nacional viene observando una cantidad creciente de sentencias que la
reconocen”.
De hecho, según los fundamentos del proyecto ya son por lo
menos 13 los fallos judiciales que avalaron a personas que fueron padres o
madres con este método, en virtud de su vocación procreacional.
Por otro lado, busca prevenir el “turismo reproductivo”,
exigiendo a la gestante “tener hasta 5 años de residencia ininterrumpida en el
país”.
El proyecto presentado hoy, además, establece que la persona
que llevará durante nueve meses en su vientre el hijo de otros (gestante), debe
poseer “lazos afectivos” previos con los futuros padres (comitentes); y que el
embrión implantado no debe haberse creado a partir de un óvulo de la mujer que
llevará adelante el embarazo, sino de una tercera persona.
“No queremos un Estado reclutador a través de un registro,
sino que los comitentes busquen a la gestante, de modo que cuando se presenten
en sede judicial tengan mínima empatía previa y puedan confiar en esa persona que
va a llevar a su hijo nueve meses”, dijo Herrera.
Respecto a la prohibición de que la gestante aporte su
propio óvulo, Herrera explicó que se busca prevenir los casos de
“arrepentimiento” a la hora de entregar el recién nacido a los comitentes.
"En el derecho comparado -apuntó la abogada- , los
casos de arrepentimiento se dan cuando la gestante es aportante” del óvulo que
dio origen al bebé.
Además, el proyecto modifica el Código Penal al incorporar
el inciso al artículo 139 para castigar con 3 a 6 años de prisión a quien actúe
como intermediario “en la transferencia de un embrión a una persona para que
actúe como gestante sin que mediare la correspondiente autorización judicial”.
Para el presidente de la Samer, Sergio Papier, hay dos
motivos más importantes por los que debe aprobarse esta ley.
“El primero es asegurar la igualdad de derechos
reproductivos y humanos, porque hoy hay cambios sociales y leyes que acompañan
esos cambios como las de matrimonio igualitario, identidad de género y de
cobertura de las TRHA, pero todavía falta regular gestación por sustitución”,
dijo a Télam.
El otro es subsanar el “vacío legal” sobre una técnica que
se está empleando “en Argentina y en varios países de Latinoamérica, con riesgo
desde el punto de vista legal y también médico”.
“Que haya una regulación bien hecha favorece a todos los
actores intervinientes en este tipo de práctica -comitentes y gestante, los
profesionales y los niños nacidos con estas técnicas-, que es la más compleja
desde el punto de vista social, ético y legal”, reconoció.
A su vez, la representante de Catrha, Isabel de Rolando,
dijo a Télam que este proyecto se inscribe en una nueva perspectiva sobre las
técnicas de reproducción asistida, que ahora son pensadas al servicio de “las
nuevas formas de familias por derecho y no sólo por enfermedad”, a la que ya
suscribieron la Ley de Cobertura y el Nuevo Código.
Fuente: Télam