martes, 6 de septiembre de 2016

¿Se limitan los servicios para personas con discapacidad?

ASDRARecientemente se ha conocido a través de las redes sociales que "la Superintendencia de Servicios de Salud no tomará acciones ante las reiteradas infracciones de las obras sociales y prepagas contra personas con discapacidad". Esta cuestión ha sido difundida por ASDRA, que es la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina, que realizó un pedido sobre el particular.

Ante tales circunstancias el Defensor del Pueblo de la Nación, desde su área de Salud, inició una investigación de oficio para verificar cuál es el alcance de la comunicación y establecer si el organismo de aplicación sostiene la postura comunicada a ASDRA, o bien está dispuesta a colaborar con las personas con discapacidad, facilitando su acceso a las prestaciones que en tal calidad le corresponden, en orden a la legislación vigente y en particular a la ley 26.378.

Comparto a continuación la nota difundida por ASDRA sobre el caso:

La Superintendencia de Servicios de Salud no tomará acciones ante las reiteradas infracciones de obras sociales y prepagas contra personas con discapacidad

La Superintendencia de Servicios de Salud ha informado a la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA) que las familias de personas con discapacidad con problemas en prestaciones de servicios de salud deben hacer reclamos individuales en cada ocasión que su derecho sea vulnerado. Desde la ONG se había pedido una acción integral para dar solución a los reiterados incumplimientos por parte de las obras sociales y prepagas.

En una carta que el organismo público hizo llegar a la asociación, los representantes explican que “los beneficiarios titulares, cada uno individualmente (no colectivamente), podrán ejercer su derecho a realizar una presentación para realizar su reclamo”. Este documento fue la respuesta a una nueva solicitud de ASDRA luego de que el anterior pedido haya sido archivado.

El pedido de directivos y familias de ASDRA era que la Superintendencia de Servicios de Salud, más allá de los reclamos individuales que cada familia pueda hacer en su caso concreto, adoptara una iniciativa general exigiendo a obras sociales y prepagas que cumplan en tiempo y forma con las obligaciones de cobertura integral, es decir con el 100% de las prestaciones de educación, salud, rehabilitación y otras establecidas en las Leyes 22.431, 24.901 y demás normativa concordante. Este pedido se debe a que “en muchos casos en forma sistemática y con interpretaciones restrictivas, se cercenan o limitan derechos reconocidos por la ley de las personas con discapacidad”, tal como apuntó ASDRA en una carta hacia la Superintendencia.

Respuesta de la Superintendencia de Servicios de Salud a reclamo de ASDRA