Tendrán que cubrir de manera integral el consumo de quienes
padecen alergia a la proteína de la leche vacuna, sin límite de edad.
| Foto: Télam |
La obligatoriedad de la cobertura integral de leche
medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche
vacuna (APLV) por parte de las obras sociales y prepagas de salud, fue
oficializada a partir de su publicación en el Boletin Oficial.
La oficialización de la norma, que había sido aprobada
mediante las ley 27305 el 19 de octubre pasado, dispone además que la cobertura
incluye también a aquellos pacientes que "padecen desórdenes, enfermedades
o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas" y que no
existe límite de edad para esta cobertura.
La ley entrará en vigencia dentro de 90 días y alcanza a
"las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra
Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el
Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las
entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como
también todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales a sus
afiliados independientemente de la figura jurídica que posean".
Fuente: Diario La Nación - Ver más sobre Legislación Sanitaria