La Cámara Nacional en lo Civil confirmó una sentencia que
intima a los padres de un bebé recién nacido a que cumplan con la aplicación
del calendario de vacunas.
El fallo, firmado el 15 de enero pasado y divulgado ayer por
el Ministerio Público de la Defensa, ordena a los padres del niño a aplicar las
vacunas bajo apercibimiento de disponer "la vacunación compulsiva del
bebé".
"En el término de tres días deberán cumplir con la
aplicación de las vacunas contra la hepatitis B y la BCG", indicó el
Ministerio en un comunicado.
"Antes, y contra la decisión de primera instancia que
había hecho lugar a la presentación de la Defensoría, los padres del niño
habían interpuesto un recurso argumentando supuestos efectos secundarios sobre
la salud del bebé que incluían el peligro de muerte súbita’, así como la
primacía de su decisión individual, que de no respetarse supondría una
desprotección de los derechos de la minoría contra los abusos estatales"’,
relató el Ministerio.
Los jueces entendieron que la decisión de no aplicar las
vacunas "trasciende notoriamente la esfera de privacidad" garantizada
por el artículo 19o de la Constitución Nacional, ya que "involucra la
salud pública y sus consecuencias se proyectan directamente a terceras
personas".
Fuente: Diario La Nación - Ver más sobre Vacunación