El senador Alfredo Luenzo propuso que se incluya un examen
oftalmológico al recién nacido, a los 18 meses y a los 4 años de edad como
prestación obligatoria del Programa Médico Obligatorio.
El senador nacional por Chubut Alfredo Luenzo presentó un
proyecto de ley para incorporar al Programa Médico Obligatorio (PMO) la
realización de un examen oftalmológico al recién nacido, a los 18 meses y a los
4 años de edad “con carácter de obligatorio como práctica o método de
diagnóstico” en todo el país.
“Queremos incorporar el examen oftalmológico como prestación
obligatoria en todo el territorio de la Nación con el objetivo de diagnosticar,
controlar y prevenir en forma temprana, las afecciones de las enfermedades
oculares, como la ambliopía, catarata congénita, defecto de refracción,
glaucoma congénito, ptosis palpebral, entre otras afecciones”, sostuvo Luenzo
al respecto.
La iniciativa dará carácter obligatorio a la prestación en
“el sector público de salud, las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660
y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda
Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina
prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades,
así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médico
asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que
posea”.
Asimismo, el proyecto estipula que “para el alta del recién
nacido será un requisito obligatorio la constatación del examen oftalmológico
realizado por un médico neonatólogo o médico oftalmólogo de la institución de
que se trate”. “El profesional deberá entregar un certificado del examen
oftalmológico realizado o inscribirlo en la libreta sanitaria correspondiente”,
señala la propuesta.
“Como decía el Doctor Carrillo, hay que ir transformando la
medicina asistencial en medina social para no solo curar enfermos, sino enseñar
a la población a vivir en salud”, afirmó Luenzo.
Fuente: El Patagónico - Ver más sobre Legislación Sanitaria