Por cada día de incumplimiento, la firma deberá pagar una
multa de 5 mil pesos.
El Juez de Amparo Cristian Tau Anzoátegui, al resolver un
recurso de amparo, ordenó a Medife Asociación Civil brindar inmediata cobertura de leche medicamentosa, denominada "Neocate Gold" indicada
por la pediatra tratante de una niña,-afiliada a la Obra Socia- alérgica a la
proteína de la leche de vaca.
La sentencia advierte, que en caso de incumplimiento, se
remitirán las actuaciones a sede penal, y se fijará una multa diaria de $5.000,
por cada día de retardo, en favor de la afiliada.
En este caso, señala el fallo que "existe prescripción
médica emitida por la pediatra de la niña, con un pedido expreso, que la obra
social se ha limitado a negar sin brindar otro fundamento médico que permita
desvirtuarlo. Entonces, frente a la obligación legal citada su negativa se
presenta como arbitraria e ilegal; corresponde admitir la acción de amparo como
fuera interpuesta".
Cabe señalar que la niña afiliada, como se mencionara, es
alérgica a la proteína de la leche, razón por la cual, no puede consumir leche de vaca Sus padres
han probado varias marcas del mercado y ninguna se adaptó a sus necesidades.
Ante este cuadro, la
pediatra tratante indicó la leche Neocate Gold, (18 latas por mes), consignando
que la misma es adecuada para la niña, ya que es la única que tolera. De
acuerdo a lo mencionado por los peticionantes
del Amparo, La Obra Social solo otorga
12 latas , cantidad que no alcanza a
cubrir la alimentación prescripta.
Por ello, cumplieron numerosos trámites en la sucursal local
y ante autoridades de la Obra Social sin
resultados, por lo que se vieron
obligados a recurrir a esta vía, ya que verbalmente le informaron que se
entregarían 10 latas, ello sin mención de tiempo y regularidad. Destacaron que cada lata de esta leche, tiene un costo de cinco mil pesos y no están
dadas las condiciones económicas para costearlas.
Fuente: ANB - Ver más Jurisprudencia