Una afiliada a la
Asociación de Obras Sociales de Trelew (ADOS) ha solicitado la intervención de la Defensoría del Pueblo de la Nación por falta de cumplimiento en la
entrega de la suma mensual correspondiente a la cobertura por celiaquía.
Dicha
cobertura se encuentra regulada por la Ley N° 26.588 y su modificatoria Nº
27.196, y por el decreto reglamentario Nº 528/11 y complementarios, los que
determinan que quedan incluidas entre otras “Las obras sociales enmarcadas en
las leyes 23.660 y 23.661 … las entidades de medicina prepaga y las entidades
que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos
aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados
independientemente de la figura jurídica que posean …”.
Realizada la investigación del caso y observándose que
asiste razón a la interesada, se dirigió un exhorto a la entidad, tal cual se detalla en la Resolución Nº0003/2020