La normativa sancionada por el Congreso y recientemente
promulgada rige desde diciembre. La Superintendencia de Servicios de Salud de
la Nación ratificó la obligatoriedad en la cobertura de esta enfermedad y pidió
a los pacientes que denuncien incumplimientos.
Diversas organizaciones que agrupan a los pacientes
diabéticos de la provincia de Córdoba se movilizaron para poner en evidencia
que varias prestadores de servicios de salud se negaban a brindar los insumos
que la legislación establece.
Las obras sociales fundamentan su incumplimiento en la falta
de reglamentación de la norma.
Al respecto Nydia Farhat, presidenta de “Nadia Nueva
Asociación Diabetes”, aseguró que los incumplimientos ocurren en todo el país,
y en Córdoba en particular, donde a diario se reciben numerosas denuncias.
“Osecac encabeza la lista de las que rechaza todo tipo de cobertura, Osde
algunos planes cubre y otros no, Swiss Medical igual”, señaló Farhat.
La mujer explicó que
el 17 de enero enviaron una carta documento al Ministerio de Salud de la Nación
exigiendo esa reglamentación, aunque “mientras tanto, la ley está vigente,
sobre todo en cuanto a reactivos y medicamentos”, añadió. En caso de no recibir
respuesta la asociación realizará una denuncia por incumplimiento de
funcionario público al titular de la cartera nacional.
En Córdoba hay 400.000 personas afectadas por esta dolencia.
Es que apelando al argumento de que la ley N° 26914 no está
reglamentada, las obras sociales rechazaron las solicitudes de sus afiliados
respecto a la provisión de los elementos imprescindibles para su tratamiento.
Sin embargo, el ente federal que regula el funcionamiento del sistema de salud
sostiene que la norma está vigente al quedar promulgada de hecho el 17 de
diciembre del 2013. Es por ello que la obligación de cumplimiento está fuera de
discusión.
La Superintendencia de Servicios de Salud respondió a las
consultas recibidas sobre el tema afirmando que la nueva ley “ya se encuentra
vigente por ende la obra social tiene obligación de proporcionar al 100 por
ciento la cobertura de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para
autocontrol de los pacientes con Diabetes y en las cantidades necesarias según
prescripción médica”. “Para acceder a
dicha cobertura, sólo será necesaria la acreditación, mediante certificación
médica de una institución sanitaria pública, de la condición de paciente
diabético” aclaró el organismo nacional.
En relación a este tema, la Asociación Diabéticos Unidos
(ADU) de San Francisco emitió un comunicado en el que expresa que, ante la
negativa de las obras sociales a cumplir con la ley, “el camino a seguir por
los afectados en sus derechos pasa por la intimación a las obras sociales para
que se ajusten a lo que establece la normativa”.
Ante el rechazo o falta de respuesta por parte de las obras
sociales los afectados pueden iniciar la instancia judicial. Al respecto vale
resaltar que en el Fuero Federal el Ministerio Público Fiscal brinda a través
de las Defensorías Públicas la posibilidad de patrocinio gratuito de esas
demandas en cada una de sus dependencias distribuidas en todo el país. En tanto
que las Asesorías Letradas del Poder Judicial de cada provincia también son
competentes para intervenir en la cuestión.
ADU sostiene que “esta instancia es la que corresponde para
lograr que se respeten nuestros derechos y las obligaciones que asumió el
Estado al actualizar la ley referida a la situación de las personas con
Diabetes”.
La reforma a la Ley de Protección del Paciente Diabético fue
motorizada por un grupo de madres de diferentes puntos del país que lograron
ser escuchadas por legisladores nacionales que finalmente llevaron la cuestión
al Parlamento, logrando el apoyo unánime de todas las fuerzas políticas para su
aprobación.
La nueva ley tiende a cubrir los elevados costos que demanda
el tratamiento de la Diabetes a quienes la padecen.
Fuente: Diario La Mañana de Córdoba