jueves, 20 de agosto de 2015

Tal como pidió el Defensor del Pueblo, el Hospital de Clínicas no cobrará prestaciones a pacientes sin cobertura



El Director del Hospital de Clínicas “José de San Martín” dispuso no cobrar ni la consulta médica ni ninguna prestación que se le deba practicar o realizar a aquellos pacientes que no cuenten con cobertura del Subsistema de Seguridad Social, tal cual lo solicitado por la Defensoría del Pueblo.

En el mes de junio, el Secretario General a cargo del Defensor del Pueblo de la Nación, CPN Carlos Haquim, exhortó al Rector de la Universidad Nacional de Buenos Aires y al Director Interventor del Hospital de Clínicas a que arbitren  las medidas necesarias para garantizar la gratuidad del acceso a la salud a la población sin cobertura social y el efectivo cumplimiento  de éste como Hospital Público de Gestión Descentralizada.

Por ello, el Directorio del Hospital resolvió que “las cajas sólo podrán cobrar todas las prácticas realizadas a los pacientes con cobertura de las entidades que están por fuera del Sistema de Salud, como así también los pacientes de las entidades que exijan copagos de sus afiliados” y determinó que “las únicas prestaciones que pueden ser cobradas a todos los pacientes son aquellas cirugías plásticas no reparadoras y cosmiatría”.

La actuación de la Defensoría se había iniciado tras el reclamo de varios ciudadanos sin cobertura social, por el  arancelamiento y cobro de las prestaciones médico asistenciales por parte de ese nosocomio.

La Defensoría argumentó que el Hospital de Clínicas se halla encuadrado en el régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada (HPGD) creados por Decreto Nº 939/2000 por lo que debe garantizar la gratuidad del acceso a la atención de la salud  y eliminar  todo tipo de arancelamiento con la máxima cobertura posible a la población no cubierta por los restantes sistemas de atención de la salud, así como fomentar una gestión racional y eficiente de la salud y mejorar los niveles de accesibilidad de la población sin cobertura.

Fuente: Defensor del Pueblo de la Nación