Una modificación de la ley profesional amplió atribuciones
para las licenciadas en obstetricia de la Provincia.
“Las responsabilidades que tradicionalmente competían a las
obstétricas se han ampliado. Nuestro campo de acción hoy no sólo comprende el
control del embarazo y la atención del parto y post-parto sino también la salud
sexual y reproductiva de las mujeres en todas las etapas de su vida”, comenta
la presidenta del Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia
de Buenos Aires, Alicia Cillo, en referencia al nuevo marco legal.
Y es que a partir de la promulgación de la ley 14.802, que
vino a modificar el régimen de Colegiación Obstétrica, su trabajo abarca tanto
“funciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud
sexual y reproductiva de la mujer, en todos los niveles de atención” como de
“docencia, investigación, asesoramiento, administración de servicios y
participación en el campo de pericias devenidas en el ámbito médico legal”.
Con el nuevo régimen, las licenciadas en obstetricia tienen
además la posibilidad de “prescribir vacunas del Calendario Nacional y fármacos
del vademécum obstétrico de acuerdo a las tareas de promoción y prevención de
la salud”.
Diseñado en función de su perfil profesional, el vademécum
obstétrico comprende una lista acotada de medicamentos para la prevención y
promoción de la salud materno-infanti en la etapa preconcepcional, gestacional,
el período del parto, el alumbramiento y puerperio: ácido fólico, hierro,
antiespasmódicos, antinauseosos, anestésicos, ocitócicos, gammaglobulina anti
Rh, y las diversas vacunas previstas en el calendario nacional.
Las obstétricas pueden asimismo brindar asesoramiento,
consejería e indicar métodos anticonceptivos, colocar dispositivos
intrauterinos (DIU) y realizar consultas que permitan detectar precozmente el
cáncer cérvico-uterino y mamario a fin de lograr una derivación rápida al
especialista que corresponda según cada situación.
Como explica la licenciada Sandra Zapiola desde el Colegio
de Obstétricas, “la modificación de la ley de ejercicio profesional vino a
convalidar funciones que muchas colegas venían realizando ya en la práctica
cotidiana y a reconocer finalmente el alcance de nuestro título profesional”.
Para las pacientes, la reforma normativa implica “no sólo
acceder a ciertos cuidados en forma más directa, sino también la posibilidad de
no tener que recurrir necesariamente a un médico para que les firme las recetas
para la farmacia o su obra social”.
Así, cada vez más lejos de ser consideradas meras
colaboradoras del médico durante el parto, las obstétricas se afirman como
parte del equipo multidisciplinario que atiende a las mujeres durante todo el
ciclo de su salud reproductiva y sexual.
Fuente: Diario el Día - Ver más sobre Legislación Sanitaria