El proyecto, que ayer fue aprobado por unanimidad y sin
debate en el Senado, permite acceder gratis a los derivados de la marihuana
para tratamientos; la norma no contempla el autocultivo.
La norma fue sancionada por 58 votos y fue festejada por más
de un centenar de organizaciones de familiares de pacientes que sufren
patologías que les provocan dolor o severas consecuencias que pueden ser
aliviadas por el suministro de los derivados del cannabis en sus diferentes
estados.
"Dada la importancia del tema y que hay mucha gente
pendiente de la sanción de esta ley, pido que se vote sin debate", propuso
el senador Juan Manuel Abal Medina (FPV-Buenos Aires) ante el temor de que la
sesión fracasara por falta de quórum por la extensión del debate de la ley de
emprendedores, también sancionada ayer (como se informa en Economía en la
página 18).
A pesar de los festejos en el recinto, la ley no cubre las
expectativas de médicos y familiares de pacientes, que pretenden que se
autorice el autocultivo del cannabis para uso medicinal, una actividad que
sigue siendo ilegal.
La ley crea el régimen que impulsa la investigación médica y
científica del uso medicinal de la planta y sus derivados, pero deja a cargo
del Estado el cultivo y la producción.
Así, en su articulado se establece que el Ministerio de
Salud de la Nación deberá garantizar el suministro de los insumos necesarios a
aquellos pacientes que lo requieran y permite la importación y la producción
por parte del Estado.
En ese sentido, se autoriza a la Comisión Nacional de
Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y al Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA) a cultivar la planta. La producción de los
derivados del cannabis que tengan fines medicinales se fomentará a través de la
Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap).
Además, la ley habilita a la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) a permitir la importación
de aceite de cannabis, cuya provisión será gratuita para quienes estén
incorporados, anotación en un registro de por medio, en el programa nacional
que crea la ley.
En todos los casos, las medidas de incentivo del cultivo e
industrialización del cannabis estarán destinadas a fomentar el uso exclusivo
medicinal, terapéutico y para la investigación.
La ley no establece qué organismo público será la autoridad
de aplicación, sino que sólo señala que deberá estar en la órbita del
Ministerio de Salud de la Nación. Una vez definida la cuestión, la oficina
designada tendrá 60 días para reglamentar la norma.
La nueva ley no regula una parte sensible del reclamo por la
legalización del uso medicinal de la planta de marihuana: la despenalización de
cultivo doméstico del cannabis para casos terapéuticos.
En el debate en las comisiones que se hizo anteayer, una de
las expositoras, representante de una organización de familiares de pacientes,
confesó que cultiva marihuana en su casa para poder atender las necesidades
terapéuticas de su hija. Pero destacó el contrasentido de no poder llamar a la
policía ante la eventualidad de sufrir un robo en su domicilio porque
terminaría detenida cuando los agentes descubrieran las plantas.
El proyecto fue aprobado en Diputados el año pasado y obtuvo
dictamen en la Cámara alta con amplio apoyo de todas las bancadas menos de 24
horas antes de la sesión de ayer.
Fue en un plenario de tres comisiones en el que se
escucharon fuertes alegatos de profesionales de la medicina a favor de los
beneficios terapéuticos del cannabis y crudos testimonios de familiares de
pacientes, sobre todo de chicos, de enfermedades neurológicas, como casos de
epilepsia refractaria idiopática.
Los puntos clave
- La ley establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal terapéutico y/o paliativo del dolor para el cannabis y sus derivados
- La norma crea el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal del Cannabis
- Se garantiza el acceso gratuito al aceite y demás derivados del cannabis
Mendoza, la 5° provincia en habilitar el uso
Detrás de Chubut, Neuquén, Santa Fe y Salta, Mendoza se
convirtió en la quinta provincia en habilitar el uso medicinal del aceite de
cannabis. El proyecto había sido avalado en la Cámara alta provincial el año
pasado, pero tuvo diversas modificaciones, por lo que recién la semana pasada
fue aprobada por Diputados. La presión de los últimos días de los familiares de
los pacientes que sufren diversas afecciones, en su mayoría epilepsia
refractaria, hizo que los legisladores se interiorizaran de la problemática,
analizaran lo que sucede en otras partes del país y el mundo y decidieran
finalmente avalar el proyecto.
Los cambios de base que se introdujeron en la iniciativa
inicial se relacionan con la creación de un marco regulatorio para controlar el
manejo del aceite de cannabis, la necesidad de seguir investigando sus
propiedades y el impacto que tiene en la salud.
Fuente: Diario La Nación - Ver más sobre Legislación Sanitaria