La nueva norma establece que todos los ciudadanos mayores de
edad serán donantes a menos que manifiesten su voluntad de no serlo.
Por unanimidad, la Cámara de Diputados le dio esta tarde
sanción definitiva al proyecto de "ley Justina", que dispone que
todas las personas mayores de 18 años sean donantes de órganos o tejidos, salvo
que en vida dejen constancia expresa de lo contrario. El proyecto, que recibió
202 votos afirmativos, está inspirado en el caso de Justina Lo Cane, una menor
de 12 años que murió en noviembre pasado en la Fundación Favaloro mientras aguardaba
un trasplante de corazón. La iniciativa
también había sido votada por unanimidad en el Senado.
Ese cambio en la ley es determinante porque implica que los
familiares de alguien fallecido ya no serán los encargados de autorizar la
donación. "Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda
persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de
oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los
mismos", señala el proyecto.
El proyecto, que propone una reforma de la Ley de Trasplante
de Órganos, fue trabajado en conjunto con INCUCAI y está inspirado en el caso
de Justina Lo Cane, una menor de 12 años que murió en noviembre pasado mientras
aguardaba un trasplante de corazón.
La iniciativa también impondrá la obligación a los
profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que
le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un
trasplante.
También establece que para asegurar la calidad de todo lo
relativo a donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20% de los
recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación.
La ley, impulsada por el senador de Cambiemos Juan Carlos
Marino, marca los derechos de los donantes y receptores a la intimidad, la
integridad, la confidencialidad, la información y el trato igualitario. También
establece la prioridad de traslado en forma aérea o terrestre de los pacientes
que están en el medio de un operativo de donación.
Por otra parte, en el caso de los menores se posibilita la
obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel
que se encuentre presente en el momento. Además, se van a simplificar los
procesos que requieren la intervención de la Justicia.
El proyecto resalta que se podrá realizar la ablación de
órganos a toda persona mayor de 18 años que no haya dejado una constancia
expresa de su oposición a la donación. También se incorporará la Donación Renal
Cruzada.
En lo que respecta a los certificados de fallecimiento, se
simplicarán los procesos para diagnosticar la muerte de la persona. Los médicos
deberán seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación
que tiene el asesoramiento del INCUCAI. Se establecerá como hora del
fallecimiento el instante en que se completó el diágnostico de la muerte.
La ley propone que tanto los hospitales públicos y privados
deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y al tratamiento
del paciente. Se creerá el Servicio de Procuración que deberá contar con al
menos un médico que detecte potenciales donantes, asesore a las familias y
garantice el proceso de donación. También se establece la capacitación para los
profesionales que formen parte del proceso de donación y transplante.
Uno de los capítulos del proyecto es dedicado a los medios
de comunicación y establece pautas vinculadas al abordaje responsable de los
temas vinculados a la donación y el transplante de órganos.
Fuente: Diario Infobae - Ver más sobre Donación de Órganos