La sección segunda de la sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat
Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 40.000
euros a un paciente que se contagió del virus de la hepatitis C en un brote
nosocomial detectado en el Hospital Marina Baixa de la Vila Joiosa entre
noviembre y diciembre de 2011.
El afectado es un vecino de la localidad alicantina, de
entonces 52 años y que, según ha informado la asociación 'El Defensor del
Paciente' en un comunicado, es una de las once víctimas del contagio múltiple
de VHC ocurrido en el Hospital Marina Baixa en otoño de 2011 como consecuencia
de que se infringieron "los protocolos de higiene y asepsia
hospitalarios".
El paciente estuvo ingresado en dicho hospital a finales de
noviembre y principios de diciembre de 2011 por un cuadro de pancreatitis
aguda, donde se le administró un suero monodosis que también se usó con varios
pacientes más. Por estos hechos, el afectado interpuso una reclamación en mayo
de 2013.
El Servicio de Medicina Preventiva del Hospital Marina Baixa
realizó una investigación epidemiológica que concluyó que el paciente era uno
de los contagiados del brote nosocomial de hepatitis C. La Conselleria de
Sanidad resolvió en 2017 indemnizar al afectado con 10.000 euros, aunque el
paciente recurrió esta decisión y pidió que se elevara la cantidad a recibir
hasta los 100.000 euros.
La administración sanitaria se opuso a la pretensión al
considerar "razonada y adecuada la indemnización concedida". En este
caso, según la sala, el debate se centra en la entidad del perjuicio derivado
causalmente del funcionamiento de la administración y la cuantificación
económica que le correspondería, ya que no se discute el contagio en el centro.
La sala, en una sentencia de este mes de enero, considera
que la cantidad que le corresponde al afectado es de 40.000 euros por todos los
conceptos, dado que la elevación de las transaminasas "fue normalizada a
partir de mayo de 2012, sin detectarse tras ello carga viral en los análisis
efectuados posteriormente y sin preciar ulterior tratamiento
farmacológico".
Por ello, entiende la sala que esa cuantía "alcanza la
indemnidad del actor, sobre la base de los menoscabos vinculados a la posible
reactivación de la patología y a los propios de su eventual degeneración en
hepatocarcinoma, con inclusión del menoscabo moral vinculado a un episodio de
contagio" como el vivido.
Desde la Asociación 'El Defensor del Paciente' se hace un
llamamiento al personal sanitario para que "extreme la observancia de los
protocolos para evitar infecciones nosocomiales, dadas las graves consecuencias
que conlleva el no hacerlo".
Fuente: 20Minutos