El Gobierno las promulgó hoy. En medio de la pandemia,
buscan generar una campaña nacional para la donación voluntaria de pacientes
recuperados de coronavirus, y la prescripción de medicamentos de forma remota.
Desde hoy entran en vigencia las leyes de promoción de la
donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 y la de recetas
electrónicas, que en medio de la pandemia de coronavirus permite prescribir
medicamentos de forma remota.
El Gobierno nacional promulgó este martes ambas normativas
mediante sus respectivos decretos, publicados en el Boletín Oficial, luego de
que fueran sancionadas por el Congreso el pasado 23 de julio.
La Ley 27.554 de donación de plasma, que rige a partir del
decreto 663/2020, busca "promover la donación voluntaria de sangre para la
obtención de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para el tratamiento de
los pacientes que lo requieran".
La norma declara de interés nacional la donación de plasma y
crea un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de
plasma.
En ese sentido, impulsa la creación de una Campaña Nacional
para la Donación de Plasma Sanguíneo de personas que tuvieron coronavirus de
todo el país y recibieron el alta para tratar a pacientes con la infección en
curso, ya que en algunos casos esto ha demostrado ser efectivo para mitigar los
efectos de la enfermedad.
Además, establece una licencia especial para los y las
donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma
que realicen, y procura garantizar el traslado de aquellos pacientes
recuperados y aptos para ser donantes de plasma y que no tengan los medios para
realizarlo.
Por otra parte, Ley 27.553, promulgada a través del Decreto
664/2020, establece que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan
ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o
digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el país.
De esta forma, regula la prescripción de medicamentos y
estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención
mediante plataformas digitales, una forma de atención que se volvió clave
durante las medidas de aislamiento social por el Covid-19.
En consecuencia, permite la prescripción de medicamentos y
órdenes de estudio de recetas electrónicas, que pueden ser redactadas y
firmadas a través de plataformas de teleasistencias.
También, fija que "los medicamentos prescriptos en
receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier
farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de
salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las
disposiciones vigentes".
Fuente: Diario BAE Negocios - Ver más sobre Legislación Sanitaria
